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La Acreditación de la ANECA para Titulares de Universidad y Catedráticos

Categoría: Información , PDI

23/04/2017. El proceso de Acreditación ACADEMIA, de la ANECA, que habilita para las figuras de Profesor/a Titular de Universidad, y Catedrático/a de Universidad, se encuentra en una situación de indefinición tras 3 meses desde su reapertura.
La dimisión del actual Director, D. Miguel Ángel Galindo, quien informó en la última reunión a los sindicatos de su dimisión, pone de manifiesto el difícil proceso que está llevando a cabo la Agencia de Evaluación y Acreditación con el Programa ACADEMIA.

Desde que el pasado 14 de noviembre se readmitieran las solicitudes de acreditación para las figuras de Titular de Universidad y Catedrático de Universidad, tras la publicación de los nuevos criterios de evaluación al amparo del RD 415/2015 de 17 de junio, se han sucedido los contratiempos, las voces críticas, y las peticiones de modificación y mejora del sistema de evaluación, que afecta a una gran parte del profesorado de la Universidad.

Las principales críticas al Procedimiento de Acreditación: endurecimiento de los criterios de evaluación, insuficiente y deficiente información, complejidad del proceso, y falta de diálogo

Durante este tiempo, desde que se publicaran los criterios, una de las críticas principales radica en la elevación de los niveles de exigencia para obtener una acreditación positiva para las figuras señaladas. Desde diferentes instancias, se ha venido remarcando la «falta de adaptación» a las singularidades de los diferentes perfiles investigadores y docentes, resultando, singularmente para algunas disciplinas de conocimiento, «extremadamente compleja la acreditación positiva» para gran parte de quienes aspiran a evolucionar en su carrera profesional. Es la principal consulta que recibimos en SELFOffice, además de ser el principal motivo de cuestionamiento del Programa ACADEMIA.

Desde SELFOffice, advertimos varias cuestiones que pueden arrojar luz en este sentido:

  • Aún no se han publicado todos los criterios de evaluación y por tanto es imposible evaluar las posibilidades de acreditación en la mayoría de los casos.

Hasta el momento, la ANECA ha publicado los requisitos para lograr una calificación A y B (de los 4 niveles posibles) para Titular de Universidad, y B y B para Catedráticos de Universidad, en las dimensiones investigadora y docente. Desconocemos en todo caso lo exigido en las otras facetas evaluables: transferencia / actividad profesional, formación, y gestión, de las que se no se tiene ninguna referencia (para ninguno de los niveles resultado de la evaluación, según prevé el Real Decreto).

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Sin duda, quien alcance de forma clara los criterios publicados hasta ahora, no necesita del resto de facetas, porque ya tendrá la acreditación positiva. En algunas ramas de conocimiento es posible «contar» exactamente los méritos que lo posibilitan, y asegurar el éxito: número de artículos en primer cuartil, número de artículos en los que el/la investigador/a ocupa la primera o última posición de firma, proyectos en los que participa como IP de más de 4 años, etc.

Sin embargo, en el resto de las situaciones […], es necesario conocer la totalidad de criterios y niveles para las diferentes dimensiones objeto de la evaluación, incluso en un proceso de esta naturaleza, con una componente subjetiva evidente, incluso en la manera de redactar los criterios ya existentes en algunas de las Comisiones de Acreditación. Desde el personal de la ANECA, insisten en que «los niveles A y los C, en todos los casos, así como los correspondientes a transferencia, actividad profesional, gestión y formación saldrán publicados en los nuevos Principios y Orientaciones para la aplicación de los Criterios de Evaluación«.

Este hecho alberga esperanzas razonables de cara a la acreditación para los currículums que no logren alcanzar los niveles B y B (al menos) en investigación y docencia. Si bien, estos escenarios posibles aún no están publicados, y por tanto, resulta imposible su identificación.

Esta circunstancia ha condicionado los procesos que hemos llevado a cabo con bastantes clientes, a quienes hemos aconsejado esperar a que se resuelvan estas dudas, que condicionan el proceso completo.

El RD 415/2015 prevé las siguientes calificaciones para una acreditación positiva:

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Como puede comprobarse, y dado el endurecimiento descrito -y a pesar de él-, para obtener una acreditación positiva a Titular de Universidad, es suficiente con una calificación C en investigación, si en docencia se obtiene una B, junto con una A en transferencia/actividad profesional, y B en formación. De este escenario de posibilidad, falta conocer el baremo de todas salvo de la parte docente, lo que genera una inseguridad expresa en el resultado. Otras combinaciones son posibles para el caso del Cuerpo de Catedráticos/as de Universidad.

  • Los documentos adolecen de falta de claridad, y complejidad

Así lo denuncian los sindicatos, que plantean cambios terminológicos tales como «méritos obligatorios por méritos “suficientes”, complementarios por “compensatorios”, excelencia por “excepcionalidad” […]«, con el fin de facilitar la comprensión del proceso, y simplificar la acreditación.

Pese a que la ANECA ha tratado de explicar mediante diferentes documentos -incluso de carácter multimedia- el proceso, el encorsetamiento del RD por un lado, y la parcialidad e indefinición descrita hace que el Programa ACADEMIA resulte, hasta el momento, poco claro, y ciertamente complejo.

  • Complejidad del Proceso de Acreditación

Desde que se abriera la aplicación informática, la integración en la sede electrónica del portal ha ocasionado interrupciones del servicio, y errores imputables a las aplicaciones informáticas y servidores del Ministerio.

La elección de méritos entre los «obligatorios«, «complementarios» y «específicos» (para el caso de Catedráticos), complica en cierta manera la operatividad y el manejo de la aplicación. Posibilita, no obstante, adjuntar evidencias de los méritos, así como aportar descripciones más amplias de los méritos aducidos. La importación desde otras plataformas no es especialmente satisfactoria, por lo que resulta obligatorio examinar uno a uno los méritos incluidos. Además, se han incluido algunos apartados nuevos, en especial en transferencia, y modificado algunos otros con respecto al proceso ACADEMIA 1.5.

  • Falta de diálogo previo

La mayor parte de las partes implicadas (sindicatos, universidad, asociaciones universitarias, entidades, organismos, etc.) han expresado su malestar por un proceso que se ha configurado sin diálogo, coordinación, y corresponsabilidad. De toda esta crispación, el Ministerio tomó nota, y abrió la posibilidad de convocar mesa de diálogo con los diferentes actores. Durante las últimas semanas, se han mantenido varias reuniones, hasta que conocimos el pasado día 22 la dimisión del hasta entonces Director de la ANECA, a través de un comunicado conjunto de las fuerzas sindicales convocadas al proceso.

A modo de conclusiones

Estos son algunos de los titulares resultantes de todo lo ocurrido hasta la fecha, y algunas aspiraciones lógicas que se pueden enunciar:

a. Quedan muchos itinerarios académicos que posibilitan una acreditación positiva, que no se encuentran descritos en la actualidad, y siempre a pesar del endurecimiento de los criterios de evaluación. Solo cuando esté disponible el documento «Principios y Orientaciones para la aplicación de los Criterios de Evaluación«, que debe guiar el proceso completo, y orientar la práctica del Programa, tendremos la información completa del proceso, y la mejor manera de obtener una acreditación positiva.

b. Las inesperadas situaciones que han ido marcando el proceso, hace que sea bastante complicado pronosticar la forma en que quedará descrito el programa ACADEMIA, máxime teniendo en cuenta las informaciones de los últimos días.

c. La situación del personal docente e investigador que quiera concurrir al procedimiento de acreditación es de la máxima indefensión e indeterminación, dada la incertidumbre actual en la que se encuentra el proceso. Salvan esta dificultad aquellos perfiles que se ajusten claramente a los criterios de evaluación publicados hasta la fecha.

d. Es importante cuando se emprende una modificación de estas características, y que afecta a la carrera profesional de un colectivo clave y estratégico para el desarrollo, la investigación, y la innovación del país, contar con sus representantes desde el principio, con el fin de articular la mejor manera y más conveniente para los intereses de las diferentes partes. En este sentido, nos parece fundamental la convocatoria de mesas de diálogos entre las distintas partes implicadas.


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SELFOffice firma acuerdos de colaboración para PDI en Extremadura

Categoría: Información , PDI

02/ENE/2017. Badajoz. A partir del 1 de enero se hacen efectivos los acuerdos firmados con CSI·F Extremadura, SIMEX, y USO, que mejoran las condiciones para sus afiliados en los servicios que ofrece SELFOffice en la Universidad – PDI.
Los acuerdos se han ido diseñando en el último trimestre del 2016, con gran acogida por parte de las entidades sindicales, que difundirán los servicios de la empresa entre sus afiliados/as.

Desde el pasado 1 de enero, el personal docente e investigador en Extremadura afiliado a cualquiera de las entidades sociales mencionadas, podrá beneficiarse de las ventajosas condiciones que suscriben los respectivos acuerdos descritos, en todos los servicios que ofrece SELFOffice para investigadores/as:

A través de estos acuerdos, cada afiliado disfrutará de un descuento del 10% sobre los precios para el 2017, compatibles con otras promociones que ya ofrece SELFOffice en estos servicios (descuentos por número de integrantes del grupo, por contratación de dos o más servicios, por plazos, etc.).

Con este paso, SELFOffice pretende acercar de manera más directa sus servicios al colectivo universitario, a través de las organizaciones sindicales mayoritarias en la Universidad de Extremadura.

La empresa continúa en conversaciones con otras asociaciones y colectivos, con el fin de poder ofrecer al mayor número de personas posible sus servicios, en las mejores condiciones, tanto en el ámbito autonómico como en el estatal.


Tiempo para una auténtica y Feliz Navidad

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Categoría: Información

Todo el equipo de SELFOffice te deseamos una Feliz Navidad. Sobre todo, queremos que tengas tiempo para hacerlo posible.

Y aprovechamos para daros las gracias por un 2016 intenso, lleno de confianzas mutuas, de nuevos miembros en nuestro equipo, de grandes retos y mayores motivos para ser cada vez mejores. Mejores para que tú seas un poco más feliz.

Gracias, 2016. Seguimos en 2017.


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Publicada la convocatoria 2016 de Sexenios CNEAI

02/XII/2016. Tras la aprobación de los criterios de evaluación el pasado 26 de noviembre (BOE número 286), la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades publica el procedimiento y los plazos para la presentación de solicitudes de evaluación de la trayectoria investigadora, los Sexenios de la CNEAI.

El texto de la Resolución de 30 de noviembre de 2016, publicado en el BOE 291 de 2 de diciembre de 2016, incorpora la siguientes -y necesarias- novedades con respecto a anteriores convocatorias:

Plazo de presentación. El plazo de presentación de solicitudes se fija entre el próximo 7 de diciembre, y el 17 de enero de 2017 a las 12am, lo que supone la primera vez que el periodo válido de presentación se extiende hasta 2017.

Aportaciones sustitorias. El texto incluye expresamente la posibilidad de «incluir hasta dos aportaciones sustitutorias debidamentereferenciadas e identificadas como tales, que puedan reemplazar a otras tantas de laspresentadas en primer término y que el proceso de evaluación pueda considerar de calidad insuficiente para alcanzar la puntuación mínima requerida». Si bien la aplicación incluía tal operatividad con anterioridad, es un avance regulatorio el que lo indique de manera explícita la norma reguladora.

El artículo 2.7 determina las situaciones susceptibles de ser evaluadas para el personal investigador. En concreto, y como novedad, incluye la referencia a una evaluación negativa previa de dos o más tramos presentados de manera conjunta. El texto recoge:

«Los profesores e investigadores antes mencionados deberán encontrarse en cualquiera de las siguientes situaciones:
a) Aquellos cuyo último tramo evaluado positivamente termine el 31 de diciembrede 2010 o hubiera terminado en años anteriores.
b) Aquellos que nunca se hayan presentado anteriormente y cumplan un mínimo de seis años evaluables el 31 de diciembre de 2016.
c) Aquellos a quienes no se les hubiera reconocido su último tramo de evaluación normal y éste hubiera terminado el 31 de diciembre de 2013 o en años anteriores. Los solicitantes que se encuentren en esta situación podrán construir un nuevo periodo, de seisaños, con alguno de los años ya evaluados negativamente en el último tramo de investigación presentado y, al menos, tres años posteriores al mismo. En caso deevaluación negativa anterior de dos o más tramos presentados conjuntamente, el nuevo sexenio se formará únicamente con años propios del último tramo de investigación.»

 

Además, el profesorado funcionario podrá presentar en registro de las universidades públicas la solicitud oficial.

Siguen siendo de recomendado cumplimiento presentar el Currículum Vitae completo en formato CVN (normalizado), y la inclusión de «exclusivamente las actividades de investigación, desarrollo e investigación«.

Desde SELFOffice, tendremos la posibilidad de aceptar solicitudes que estaban en lista de espera en función de las primeras evaluaciones realizadas a los primeros clientes que confiaron en nosotros a partir de septiembre.


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El proceso ANECA – ACADEMIA de acreditación para PDI cuenta con los criterios de evaluación

Categoría: Información , PDI

16/NOV/2016. La Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) publicó el pasado 12 de noviembre los criterios de evaluación para la acreditación de Profesor Titular y Catedrático de Universidad, dentro del Programa de Evaluación ACADEMIA.

Desde su publicación, la ANECA ha recibido las críticas de varias organizaciones y colectivos por «la falta de negociación y de transparencia» en su resolución, entre otras razones.

Desde el 14 de noviembre, como se anunciara desde diferentes colectivos de los que SELFOffice se hizo eco, es posible solicitar la evaluación para el acceso a los cuerpos docentes universitarios de Profesor Titular de Universidad y Catedrático de Universidad, tal y como anunció la propia ANECA el mismo lunes día 14, fecha en la que también estaban disponibles las características del proceso completo, que mantiene una exigencia documental importante con respecto al anterior proceso.

Dos días antes, se publicaban los criterios de evaluación, los méritos para obtener calificación «A» y «B» en la evaluación de la actividad investigadora y docente, para los citados cuerpos.

Desde entonces, se han multiplicado las críticas por el proceso en sí, y el resultado en forma de los requisitos para obtener la acreditación en las facetas investigadora y docente. Desde CC. OO. aseguran que ha sido continua la «falta de diálogo y transparencia» de todo el proceso, tal y como anuncian a través de un manifiesto hecho público el mismo día de la apertura de la convocatoria. Además, la organización sindical asegura estar estudiando la impugnación de los citados criterios de evaluación.

En los próximos días seguiremos analizando estos criterios, para asesorar a nuestros clientes la mejor estrategia de cara a lograr la acreditación en este nuevo escenario del programa de evaluación ANECA – ACADEMIA, tras más de 11 meses de parada en la aceptación de solicitudes.

 

 

 

 

 


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Apertura del programa ANECA – ACADEMIA de acreditación para el profesorado de universidad

11/11/2016. Badajoz. En las próximas horas, según anuncia el Sindicato CSI·F, la ANECA abrirá las solicitudes del programa de acreditación y evaluación ACADEMIA, destinado al personal funcionario de la Universidad.

Así mismo, se publicarán los criterios de evaluación del programa, que hasta ahora sólo permitía la introducción de los méritos en la aplicación.

El programa de acreditación de la ANECA (Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y la Evaluación) que realiza la evaluación para las categorías de Profesor/a Titular de Universidad (PTU) y Catedrático/a de Universidad, el ACADEMIA, tras las modificaciones introducidas por el RD 415/2015, posibilitará de forma inminente la presentación de solicitudes oficiales, tras la apertura de la aplicación ACADEMIA 3.0 el pasado mes de julio.

Se cumple así un proceso iniciado en el 2015 de cambios en el programa ACADEMIA, que se espera agilice las acreditaciones y evaluaciones para los cuerpos funcionarios señalados. Una vez conocidos, además, los criterios de evaluación -tras la ampliación a 21 de las comisiones de evaluación frente a las 6 anteriores– se podrá conocer la adaptación efectiva a las diferentes áreas de conocimiento de los umbrales relativos para acceder a dicha acreditación.

En cualquier caso, y hasta que no sea pública la formulación definitiva del proceso de acreditación ACADEMIA, especialmente los criterios de evaluación, el procedimiento deja algunas cuestiones pendientes, tales como los requisitos documentales, y la menera en la que completar la aplicación informática ACADEMIA 3.0, consecuencia de la aplicación del Real Decreto que regula el programa, según fuentes de la propia ANECA.

Durante estos meses, SELFOffice ha efectuado multitud de reservas en la solicitud de la acreditación ANECA ACADEMIA, que se irán incrementando a buen seguro en los próximos días. SELFOffice ofrece ayuda en el proceso completo de acreditación, e irá adaptando la forma de ofrecerlo a los cambios normativos que se vayan produciendo.

Fuente: CSI·F

 


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Se crean diferentes órganos de evaluación adscritos a la ANECA

El Real Decreto 1112/2015, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), establece que la creaciónde nuevos órganos colegiados y modificación o supresión de los existentes se realizará apropuesta del Director de la ANECA mediante orden de la persona titular del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Mediante la presente orden se crean las siguientes comisiones de evaluación:
  • La Comisión de homologaciones, equivalencias y correspondencias.
  • La Comisión para la evaluación de solicitudes de becas y ayudas para titulados universitarios y profesorado de las universidades.
  • La Comisión para la evaluación de los programas AUDIT y DOCENTIA.
  • La Comisión para la determinación de la equivalencia de nota media de expedientes académicos universitarios de estudios realizados en centros extranjeros.
  • y la Comisión para la evaluación de complementos retributivos del personal docente e investigador funcionario y contratado.
[Consulte el texto completo del BOE]

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Nueva oficina en el Embarcadero – Factoría de Innovación

26/10/2016. Abrimos nueva oficina en el Edificio el Embarcadero, de la Factoría de Innovación, en Cáceres.

El espacio alberga diferentes espacios e instalaciones que nos permitirán ser más eficientes, y dedicar más tiempo a lo que más nos interesa: que el tiempo lo tengan nuestros clientes.

Durante este mes de octubre, hemos ampliado los puntos en los que atendemos a nuestros clientes, con más capacidad para responder a cada proyecto en los que estamos embarcados.

El Embarcadero es un lugar moderno, fruto del compromiso con la sostenibilidad arquitectónica, que congrega a diferentes empresas y entidades, con unas instalaciones al servicio de las iniciativas que se congregan.

Desde él, gestionaremos principalmente los servicios destinados a entidades de difente carácter (AMPAS, Colegios y Asociaciones Profesionales, ONGs, Sociedades Científicas, etc.), así como aquellas de marcado carácter administrativo. El Parque Científico y Tecnológico, en el campus universitario de Badajoz, seguirá siendo la máxima referencia en los procesos vinculados al Personal Docente e Investigador – PDI – Universidad, entre los que se incluyen las Acreditaciones de la ANECA, los Sexenios-CNEAI, el CVN, o la gestión complementaria a grupos de investigación.

Con este paso, avanzamos en la estrategia desarrollada durante este año 2016, de consolidación de los servicios ofrecidos, y expansión territorial. Esta estrategia señalaba, además, la búsqueda activa de oportunidades de cooperación empresarial, siendo tanto el Embarcadero como el Parque Científico y Tecnológico – UEX (Badajoz), dos emplazamientos idóneos para la consecución de estos objetivos.

¿Dónde? Te esperamos aquí:


Ayudas al fomento del autoempleo en Extremadura

05/07/2016. El DOE de hoy publica el Decreto 90/2016, que regula las subvenciones para el fomento del autoempleo, el trabajo autónomo, tras casi nueve meses desde que se cerrara este programa.

Se espera que en breve salga la orden de subvenciones, con algunas novedades interesantes para quienes se acojan a la misma.

Tras casi nueve meses desde que se cerrara la anterior convocatoria de ayudas al autoempleo, y sin posibilidad alguna de financiación pública para esta modalidad de empleo, el DOE del 5 de julio publica las bases reguladoras, antesala de la orden de subvención, y por tanto, del inicio efectivo de las ayudas.

Se mantienen las modalidades, y se establecen cantidades que oscilan entre los 9000 € y los 5000 €, con los mismos requisitos que hasta ahora. Será necesario, además, presentar un Plan Estratégico con anterioridad a la fecha de alta en RETA (en http://plandeempresa.extremaduraempresarial.es), salvo en el caso de incorporación a Comunidades de Bienes, o adquisición de negocio por relevo generacional, y la solicitud debe hacerse en el plazo máximo de 5 meses naturales desde dicho alta en RETA.

 

Modalidades

Programa I: Ayuda al establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas.
Programa II: Ayudas a la persona autónoma que propicie la inserción laboral de un familiar colaborador.

 

Obligaciones de las personas beneficiarias

Acreditar, con carácter previo a dictarse la propuesta y resolución de concesión y con carácter previo al pago de la subvención, que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y frente a la Seguridad Social.

Facilitar cuantos datos e información en cuestiones relacionadas con las subvenciones solicitadas o concedidas, les sean requeridos por el Servicio Extremeño Público de Empleo.

Someterse a las actuaciones de comprobación que puedan acordar los órganos de control competentes del Servicio Extremeño Público de Empleo o, en su caso, de la Consejería competente en materia de empleo y atender a los requerimientos de documentación que le sean practicados en el ejercicio de esas actuaciones de comprobación, así como, en general, de cuantos datos e información, en cuestiones relacionadas con las subvenciones solicitadas y/o concedidas le sean requeridas, así como comunicar las incidencias y variaciones que se produzcan en relación con aquéllas.

Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por la Intervención General de la Junta de Extremadura y demás órganos de control competentes, tanto nacionales como, en su caso, comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores. A efectos de lo anterior, deberán conservar los justificantes de los gastos y pagos durante, al menos, cinco años a disposición de los citados órganos.

Comunicar la obtención de otras ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración, ente público o privado, nacional o internacional, así como cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la ayuda, pudiendo dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.

Las personas beneficiarias de las subvenciones reguladas en el presente decreto están sujetas a las normas de información y publicidad establecidas en la Comunidad Autónoma de Extremadura. En particular, las personas beneficiarias deberán hacer constar en toda información o publicidad que realicen sobre la actividad objeto de la subvención, que la misma ha sido financiada por el Servicio Extremeño Público de Empleo de la Consejería  competente en materia de empleo.

Las personas beneficiarias de ambos programas y los familiares colaboradores del Programa II deberán, durante al menos los dos años siguientes a la «fecha de alta en el RETA», mantenerse ininterrumpidamente en situación de alta en RETA, ejerciendo la actividad económica en las mismas condiciones en las que se concedió la subvención, exceptuando el supuesto recogido en el artículo 19.5 del presente decreto. En ese mismo periodo de  dos años, tampoco podrán realizar ninguna actividad por cuenta ajena, que de forma continuada o en periodos inferiores acumulados, superen un  total de 30 días si se realiza a jornada completa, o bien, de 60 días si se realiza a jornada parcial; con independencia, en este último caso, del porcentaje sobre la jornada ordinaria, en que se desarrolle la actividad por cuenta ajena a tiempo parcial.

Cuando se obtenga subvención por “personas desempleadas con domicilio de actividad en municipios de menos de 5.000 habitantes”, o de  “actividades consideradas de interés prioritario”, las personas beneficiarias deberán mantener dichas circunstancias durante el periodo mínimo de dos años a los que hacer referencia el punto 7.

Además de las obligaciones establecidas en los apartados anteriores, las personas beneficiarias habrán de cumplir las obligaciones generales  establecidas en el artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

 

Disposición transitoria única. Régimen transitorio

Las personas desempleadas que hayan iniciado una actividad por cuenta propia o los trabajadores autónomos que hayan propiciado la incorporación de familiares desempleados como autónomos colaboradores, cuyo alta en el RETA, se haya producido entre el día siguiente a la expiración del periodo de vigencia de la convocatoria de la Orden de 25 de noviembre de 2014, DOE núm. 231, de 5 de diciembre de 2014, por la que se aprobó para el ejercicio de 2014, la convocatoria de subvenciones para el Fomento del autoempleo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el día anterior a la entrada en vigor de la orden por la que se realice la primera convocatoria derivada de las presentes bases reguladoras, podrán solicitar la ayuda acogiéndose al régimen jurídico establecido en el presente decreto y no será necesario disponer del Plan de Empresa y la inversión en el caso que fuese exigible.

En relación a lo establecido en el artículo 26 d) de este decreto, cuando el solicitante de subvención por vía de esta disposición transitoria realice más de una actividad y no todas estén incluidas en el catálogo de actividades prioritarias que se relacionan en dicho precepto en relación con el Anexo I, se aplicará el incremento de cuantía para determinar el importe de la subvención, cuando la actividad relacionada en el modelo de solicitud como  “actividad principal” coincida con alguna de las actividades previstas en el citado precepto. En el supuesto de que el establecimiento como trabajador autónomo se produzca por “relevo generacional” o como consecuencia de “incorporación a una comunidad de bienes u otras entidades sin personalidad jurídica en funcionamiento”, se aplicarán el incremento, en las mismas condiciones que las reguladas en el citado precepto, para los proyectos nuevos que no estén acogidos a esta disposición. En estos casos, la solicitud deberá formularse en el plazo máximo de dos meses desde la fecha en la que entre en vigor la primera convocatoria que se apruebe para la tramitación de las ayudas recogidas en el presente decreto.

Texto completo: Subvenciones autonomos-extremadura-2016


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La ANECA habilita la aplicación informática para el programa ACADEMIA

Categoría: Información , PDI

04JUL2016. El programa ANECA – ACADEMIA, que acredita para las figuras contractuales de Titular de Universidad, y Catedrático/a, cuenta ya con la nueva aplicación informática que permitirá configurar el CV evaluable.

Incorpora numerosas novedades de carácter técnico, y algunas de tipo procedimental, si bien será necesario esperar a la publicación de los criterios de evaluación para usarla con las máximas garantías.

La Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) va dando los pasos necesarios para la puesta en marcha del Programa de Evaluación ACADEMIA, que habilita para las figuras de Titular de Universidad y Catedrático. Tras la publicación de las Comisiones de Evaluación en febrero de este mismo año, la aplicación informática es la antesala para la apertura del programa, tras haberse cerrado el pasado 31 de diciembre.

La aplicación, más funcional, y tras un primer examen, más sencilla que la anterior, incluye como novedad tres apartados vinculados con CV, acorde con las especificaciones descritas en el RD 415/2015:

  • Méritos obligatorios.
  • Méritos complementarios.
  • Méritos específicos.

Estos tres apartados, que se rellenan mediante «texto libre«, serán sin duda claves para la evaluación, a la espera de los citados criterios, y permiten, además, marcar otros méritos bajo estos epígrafes, identíficándolos expresamente en el resto de capítulos del CV.

Se elimina, por otro lado, el texto de la Autoevaluación, y el árbol de méritos se reduce sensiblemente. Algunos méritos, como la docencia o la experiencia en gestión, por ejemplo, podrán especificarse a través del certificado oficial, lo cual, sin duda, simplifica la justificación de estos apartados.

Tan pronto se publiquen los criterios de evaluación, publicaremos aquellos aspectos específicos que nos posibilitarán abrir de nuevo nuestro compromiso con aquellos Clientes que deseen ser evaluados en el Programa ACADEMIA. Esperamos contar pronto con los textos definitivos.

 


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