PRÓXIMA CONVOCATORIA SEXENIOS

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PRÓXIMA CONVOCATORIA SEXENIOS

ANECA publica que se adelantan las fechas relacionadas con la próxima convocatoria 2022 de evaluación de la actividad investigadora (Sexenios CNEAI):

1. Está prevista la publicación de la convocatoria en el BOE a principios del mes diciembre de 2022.
2. Las solicitudes se presentarán del 16 de enero al 6 de febrero de 2023.
3. Las resoluciones se comunicarán a partir de abril de 2023.
4. La aplicación de criterios se abordará en Conversaciones con ANECA el 17 de enero de 2023
 
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Abierta la convocatoria 2019 de Sexenios CNEAI

Categoría: Información , PDI

Comienza la convocatoria de Sexenios CNEAI 2019, una vez publicados los criterios de evaluación y el procedimiento y plazos en BOE.
El BOE núm. 297, de 11 de diciembre de 2019, publica la Resolución de 10 de diciembre de 2019, de la Secretaría de Estado de Universidades, Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se fija el procedimiento y plazo de presentación de solicitudes de evaluación de la actividad investigadora a la CNEAI.

Datos de interés:
  • Convocatoria de sexenios 2019: Resolución de 10 de diciembre de 2019, de la Secretaría de Estado de Universidades, Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se fija el procedimiento y plazo de presentación de solicitudes de evaluación de la actividad investigadora a la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora BOE de 11 de diciembre de 2019.
  • Plazo de presentación de solicitudes: del 15 al 31 de enero de 2020
  • Criterios de evaluación: la convocatoria de 2019 se rige por los criterios específicos de evaluación, aprobados por Resolución de 12 de noviembre de 2019 de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI) y publicados en el BOE de 26 de noviembre de 2019.
  • Dirección de consultas: ayuda.cneai@aneca.es

Como cada año, os recordamos el artículo referido a la formalización de solicitudes:

4.1 Los solicitantes podrán presentar por vía telemática, de acuerdo con el artículo 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, los siguientes documentos (que están disponibles en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades):

a) Impreso de solicitud firmado.

b) Curriculum vitae abreviado que se genera al cumplimentar la aplicación de solicitud y limitado a las cinco aportaciones que el interesado quiera someter a evaluación.

Se entenderá por «aportación» cualquier unidad clasificable en alguno de los criterios de evaluación a que se remite el apartado 6 de la presente convocatoria. Cada aportación deberá incluir los datos que sean necesarios para su localización e identificación.

Las aportaciones presentadas deberán haber sido publicadas en los años para los que se solicita la evaluación. No se tendrán en cuenta publicaciones «aceptadas» pero no publicadas durante esos años.

En revistas, libros u otras obras que cuenten con edición digital e impresa, las aportaciones se entenderán publicadas sólo cuando hayan aparecido en este segundo formato.

Si la aportación alegada consiste en una patente, se requiere que haya sido «concedida» en los años para los que se solicita la evaluación. No se tendrán en cuenta patentes «presentadas» o «publicadas» pero no concedidas durante esos años y, en su caso, según criterios específicos de cada campo, en explotación. Además, se deberá incorporar el fichero pdf con la concesión de la patente.

Cada aportación irá acompañada de un «breve resumen» en castellano, con el máximo que establece la aplicación telemática, que contenga los objetivos y resultados más sobresalientes de la investigación. Se podrán sustituir los resúmenes individualizados por uno solo que se refiera a todas ellas.

Asimismo, el solicitante deberá acompañar los «indicios de calidad» de la investigación, que podrán consistir en:

1. Relevancia científica del medio de difusión en el que se haya publicado cada aportación. En las disciplinas en las que existan criterios internacionales de calidad de las publicaciones, estos serán referencia inexcusable.

2. Referencias que otros autores realicen, en trabajos publicados, a la obra del solicitante, que sean indicativas de la importancia de la aportación o de su impacto en el área.

3. Apreciación, expresada sucintamente, del propio interesado sobre la contribución de su obra al progreso del conocimiento, así como del interés y creatividad de la aportación.

4. Datos sobre la explotación de patentes o modelos de utilidad.

5. Reseñas en revistas especializadas.

En el supuesto de que las aportaciones fueran fruto de una obra colectiva, cada uno de los autores podrá incorporar la referida investigación en su currículum, haciendo mención expresa en los correspondientes resúmenes del alcance de su contribución personal al trabajo colectivo.

Cada solicitante podrá incluir hasta dos aportaciones sustitutorias debidamente referenciadas e identificadas como tales, que puedan reemplazar a otras tantas de las presentadas en primer término y que el proceso de evaluación pueda considerar de calidad insuficiente para alcanzar la puntuación mínima requerida.

c) Curriculum vitae completo. Se recomienda que el curriculum vitae incluya exclusivamente las actividades de investigación, desarrollo e innovación. Asimismo, se recomienda que se aporte el «DOI» (digital object identifier) de las publicaciones que dispongan de él. También se recomienda la presentación del curriculum vitae en el formato normalizado CVN.

d) Hoja de servicios original actualizada del período cuya evaluación se solicita, en el que conste el régimen de dedicación del solicitante durante dicho período. La hoja de servicios deberá ser de fecha posterior al día de publicación de esta convocatoria en el BOE.

e) Si la investigación se ha realizado en un centro que no figura en la «Hoja de servicios», deberá adjuntarse una copia de los contratos, nombramientos, credenciales de becario o documentos fehacientes similares, y que incluyan periodo de tiempo y régimen de dedicación. Deberá en todo caso tratarse de un centro docente superior o cuya actividad primordial y regular sea la investigación.

¡Mucha suerte en esta convocatoria!


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Publicada la convocatoria 2016 de Sexenios CNEAI

02/XII/2016. Tras la aprobación de los criterios de evaluación el pasado 26 de noviembre (BOE número 286), la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades publica el procedimiento y los plazos para la presentación de solicitudes de evaluación de la trayectoria investigadora, los Sexenios de la CNEAI.

El texto de la Resolución de 30 de noviembre de 2016, publicado en el BOE 291 de 2 de diciembre de 2016, incorpora la siguientes -y necesarias- novedades con respecto a anteriores convocatorias:

Plazo de presentación. El plazo de presentación de solicitudes se fija entre el próximo 7 de diciembre, y el 17 de enero de 2017 a las 12am, lo que supone la primera vez que el periodo válido de presentación se extiende hasta 2017.

Aportaciones sustitorias. El texto incluye expresamente la posibilidad de «incluir hasta dos aportaciones sustitutorias debidamentereferenciadas e identificadas como tales, que puedan reemplazar a otras tantas de laspresentadas en primer término y que el proceso de evaluación pueda considerar de calidad insuficiente para alcanzar la puntuación mínima requerida». Si bien la aplicación incluía tal operatividad con anterioridad, es un avance regulatorio el que lo indique de manera explícita la norma reguladora.

El artículo 2.7 determina las situaciones susceptibles de ser evaluadas para el personal investigador. En concreto, y como novedad, incluye la referencia a una evaluación negativa previa de dos o más tramos presentados de manera conjunta. El texto recoge:

«Los profesores e investigadores antes mencionados deberán encontrarse en cualquiera de las siguientes situaciones:
a) Aquellos cuyo último tramo evaluado positivamente termine el 31 de diciembrede 2010 o hubiera terminado en años anteriores.
b) Aquellos que nunca se hayan presentado anteriormente y cumplan un mínimo de seis años evaluables el 31 de diciembre de 2016.
c) Aquellos a quienes no se les hubiera reconocido su último tramo de evaluación normal y éste hubiera terminado el 31 de diciembre de 2013 o en años anteriores. Los solicitantes que se encuentren en esta situación podrán construir un nuevo periodo, de seisaños, con alguno de los años ya evaluados negativamente en el último tramo de investigación presentado y, al menos, tres años posteriores al mismo. En caso deevaluación negativa anterior de dos o más tramos presentados conjuntamente, el nuevo sexenio se formará únicamente con años propios del último tramo de investigación.»

 

Además, el profesorado funcionario podrá presentar en registro de las universidades públicas la solicitud oficial.

Siguen siendo de recomendado cumplimiento presentar el Currículum Vitae completo en formato CVN (normalizado), y la inclusión de «exclusivamente las actividades de investigación, desarrollo e investigación«.

Desde SELFOffice, tendremos la posibilidad de aceptar solicitudes que estaban en lista de espera en función de las primeras evaluaciones realizadas a los primeros clientes que confiaron en nosotros a partir de septiembre.


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